Cuidado con cómo se modifican las facturas una vez enviadas al cliente. Además, la Ley solo permite anular una factura en casos como la devolución de un producto.
Calcular mal el IVA, no incluir correctamente la base imponible o sumar mal las cantidades puede dar lugar a una factura errónea. ¿Qué hacer cuando ya se ha emitido y Hacienda la ha contabilizado? Existe la posibilidad de anular la factura a pesar de que ya se haya emitido, aunque para ello hay que seguir algunos pasos.
En estos casos lo mejor que se puede hacer es recurrir a las facturas rectificativas. Se trata de una factura con una serie numérica diferente en la que, además de reflejar claramente el concepto como factura rectificativa, se incluyen los datos correctos de la misma.
Y es que la ley solo permite la anulación de facturas en casos muy concretos como pueden ser la devolución de un producto o la anulación de un servicio que ha sido cobrado con antelación pero nunca se ha llegado a formalizar. Así lo aseguran los expertos del software de gestión empresarial para pymes y autónomos Holded. En su página web explican que, en estos supuestos, sí que se podría emitir una factura negativa, esto es, se emitirá una nueva factura con un importe negativo y también se tendrán que conservar esos documentos.
Al emitir una factura rectificativa, éstadeberá incluir el concepto de la misma, el número y fecha de la factura que se va a rectificar, así como el motivo de la modificación , que podría ser ‘rectificación por importe incorrecto’ o algo similar. Es importante que el cliente, una vez ha recibido la nueva factura, conserve tanto la que está incorrecta como la nueva.
Importe incorrecto
Si el error se debe al importe de la factura, lo conveniente sería indicar, por ejemplo, la cantidad que se sumó mal sumando o restando el error al monto original. Otra opción es indicar directamente el importe correcto definitivo.
Por otro lado, en el caso de que la factura se haya emitido de manera electrónica, el proceso de rectificación es igual que el de una factura en papel.
Otra posibilidad es la de emitir una nota de crédito, según confirman desde otra empresa especializada en facturación y contabilidad para trabajadores por cuenta propia. En el blog de Billin recuerdan que esta forma de proceder, no permite modificar un IVA liquidado, porque es útil para facturas recién enviadas y que no estén incluidas en un trimestre ya cerrado. La nota de crédito mantiene la correlación de la serie existente, por tanto llevará el siguiente número a la última factura ya emitida.
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Fuente: cincodias.elpais.com