Despidos por infecciones de COVID-19 con origen el ámbito privado
Hace unos días un trabajador de una ETT (Empresa de Trabajo Temporal) de Murcia fue despedido de su puesto de trabajo en cuanto comunicó a la empresa que había asistido a una boda el fin de semana en la que el novio resultó estar infectado por COVID-19. Después de cierto revuelo informativo, la ETT lo achacó a un error burocrático que se produjo casualmente en el mismo momento es que comunicaba que debía guardar cuarentena preventiva en un trabajo (mozo de almacén) imposible de prestar a distancia. Eso sí, parece que fue una boda concurrida y el resto de invitados no han dado noticias de haberse enfrentado a penalización alguna.
El caso de Mediaset
Poco después, Mediaset anunció que prescindía de una de sus colaboradoras, Marta López “por su actitud públicamente irresponsable al no tomar medidas de protección frente al COVID19”. No sigo la trayectoria de esta periodista ni de los programas en los que participa, pero la situación me parece significativa desde muchos puntos de vista.
Lo de que prescindir de un “colaborador” sea sinónimo de haber despedido a un trabajador me genera serias dudas. Parece que una parte significativa de los opinadores/polemistas varios que por los platós televisivos transitan son autónomos que tienen contratos mercantiles para “colaborar” con los trabajadores de plantilla. Por tanto, las reglas de apreciación de los motivos para zanjar la relación son diferentes. Y puede que algunos tengan motivos para reclamar su condición de trabajadores de plantilla, pero eso sería materia para otra publicación.
En todo caso llaman la atención varias cosas:
1. Medidas de seguridad
Llama la atención que en el plató donde esta colaboradora desempeñaba las tareas contratadas quizá no se siguiesen medidas de seguridad suficientes. Las noticias hablan de que se hace una PCR diaria (he leído incluso que se hace a los colaboradores para mantener seguros a todos sus trabajadores, lo que me hace pensar que los colaboradores son considerados potencialmente peligrosos para todo aquel que trabaje).
Lo cierto es que los programas se graban en un entorno cerrado, se habla mucho y de forma vehemente, no hay mamparas entre los contertulios y nadie usa mascarilla. Las tareas que realizan bien pueden hacerse a distancia, si bien parecen haber sido un servicio esencial para la comunidad que era necesario prestar sin máscara, en reuniones presenciales numerosas y con cierta cercanía entre tertulianos.
2. Actos de la vida privada
Que las decisiones que se toman en la vida privada, fuera del tiempo de trabajo contratado, sean determinantes para el despido. En este caso, haber ido a una fiesta durante las vacaciones y publicar una foto en redes sociales que apunta a que no mantenía la distancia de seguridad (en la foto aparece con una compañera de trabajo, de cuyos servicios parece que no se ha prescindido).
Pongamos el caso de una persona que desempeñe su trabajo en una residencia de mayores. Y que en su vida privada se relaciona, o incluso convive con alguien que le consta no cumple con las medidas de protección. Se infecta, infecta a sus compañeros, a los usuarios de la residencia ¿Es eso un motivo de despido? ¿Lo sería si el trabajador fuese directamente quien no cumple con las medidas de distanciamiento social? ¿En qué grado de contacto y conocimiento de actividades ajenas está el límite? Y nos lleva a una situación aún más preocupante.
3. Decisiones de escarnio y ejemplaridad públicas
Estas acciones nos llevan a una situación aún más preocupante, que es que estas decisiones de escarnio y ejemplaridad públicas lleven a los trabajadores asintomáticos a no identificarse si eso les pone en una situación de despido. Muchos centros de trabajo absolutamente presenciales se han visto obligados a cerrar debido a casos de COVID-19 que van surgiendo, y hay trabajadores prestando servicios sin sospechar siquiera que lo tienen, al no presentar síntoma alguno. Si se han cumplido con los protocolos de prevención los clientes no se ven afectados, ya que se guardan unas distancias con ellos que entre los trabajadores pueden no respetarse.
Vamos hacia un período de difícil equilibrio. La responsabilidad y sus límites; la actividad económica y la salud; la libertad individual y la protección colectiva; la policía de balcón, de red social y la capacidad punitiva de las administraciones.
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Fuente: gestores.net