En el siguiente artículo encontrarás todo lo relacionado a la presentación de impuestos en Hacienda para autónomos. Descubre todo acerca de los modelos trimestrales, modelos anuales, y por qué debes presentarlos. Si es tu primer año como autónomo y tienes otras dudas cerca de deducción de impuestos, certificado digital, presentaciones telemáticas y más, te recomendamos descubrir en nuestro blog artículos para cada tema!
Si tu empresa necesita estar al día con todas las obligaciones fiscales no puedes dejar de leer este artículo y saber todo acerca de los modelos tributarios a presentar este 2020. En Quipu te ayudamos para que nada se te escape!
Tanto autónomos como empresas, el día 20 es la fecha límite para presentar los modelos 111 y modelo 115 que corresponden al último trimestre del 2019 (octubre a diciembre). Éstas son las retenciones del IRPF practicadas a los trabajadores, profesionales, empresarios y las practicadas a los alquileres de inmuebles urbanos donde desarrollan su actividad profesional, respectivamente.
El día 30 es el último día para presentar la autoliquidación del modelo 303 (el 309 correspondiente a la autoliquidación no periódica de los que no presenten el modelo 303), la declaración trimestral del IVA, y el modelo 349, para los que tengan operaciones intracomunitarias, que se corresponden con el resumen anual del ejercicio anterior. También finaliza plazo para presentar el modelo 390, la declaración recapitulativa del IVA de todo el año anterior.
En esta misma fecha también deben presentarse los modelos 130 o 131 de los pagos fraccionados del IRPF, dependiendo de si estás en estimación directa u objetiva, correspondientes al último trimestre del año anterior.
Muchas veces nos entran dudas sobre cómo hacer frente con el total que nos sale en el modelo 303, 130, 390 etc. El modelo 111 y 115 no te puede dar negativo o cero, dado que es una declaración de las retenciones soportadas, es decir, importes que tenemos que liquidar. En función del resultado del modelo 303 o del modelo 130, tienes cuatro escenarios distintos.
Por último, el 31 de enero se debe presentar los resumenes anuales de las retenciones a cuenta con el modelo 180 y modelo 190; así como la declaración anual de entidades en régimen de atribución de rentas, mediante el modelo 184.
Desde el 1/02 y hasta el día 02/03 hay tiempo para presentar la declaración anual de operaciones con terceros del año anterior con el modelo 347.
¿Quién está obligado a presentar el modelo? Tienen que presentar el Modelo 347 todos aquellos empresarios y profesionales que hayan realizado operaciones superiores a 3005,06€ con un cliente o proveedor a lo largo del año.
En vez de preparar y presentar tú mismo los impuestos, puedes ponerte en contacto con GestoriaMaresme, para rellenar y presentar los impuestos a la Agencia Tributaria en nombre de tu empresa. El experto se encargará de supervisar toda la información de tu cuenta y verificar que es correcta para hacer la presentación de impuestos ante Hacienda. Además, te ayudará a analizar tus cuentas y te ofrecerá información actualizada para que puedas tomar mejores decisiones para tu negocio.
A partir del día 2 de abril se puede presentar la autoliquidación del modelo 100 (Declaración de la Renta) y del modelo 714 (Declaración de Patrimonio) únicamente de manera online.
Como ya ha transcurrido el primer trimestre del año, el día 20/04, toca volver a presentar los modelos correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo para las retenciones con los modelos 111 y 115, para la autoliquidación del IVA con el modelo 303 (o 309 en caso de operaciones no periódicas no incluidas en ese modelo), el modelo 349 de operaciones intracomunitarias y los pagos fraccionados de la renta con los modelos 130 o 131. Y las pymes deberán entregar el pago fraccionado del impuesto de sociedades con el modelo 202.
La presentación de los impuestos de Abril ha sufrido una variación y en la mayoría de casos podrá presentarse como fecha límite hasta el 20/05.
A partir del día 14/05 se inicia el plazo para presentar el modelo 100 (Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas) de manera presencial en las oficinas de la AEAT o de forma telefónica. Recuerden que se puede consultar y descargar el borrador de la web de la Agencia Tributaria, que siempre se puede revisar y modificar antes de presentar la declaración definitiva.
El 25/06 termina el plazo de domiciliación bancaria de declaraciones (modelos 100 y modelo 714) con resultado a ingresar. Por último el 30 de junio termina el plazo para la presentación de las declaraciones de renta y patrimonio.
Tanto empresas como autónomos, el día 20, deben presentar los modelos trimestrales correspondientes al IVA, a las retenciones del IRPF, a las operaciones intracomunitarias y los pagos fraccionados, correspondientes al segundo trimestre de 2020.
A día 25 es la fecha límite para que las empresas presenten el modelo 200; La declaración anual (correspondiente al 2019) del impuesto de sociedades.
Si tienes dudas acerca del modelo 200, 202 o 220 ponte en contacto con GestoriaMaresme y te explicamos cómo afecta el Impuesto de Sociedades a los diferentes tipos de empresas en cada uno de los modelos.
Julio era la fecha límite para presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil. Debido al Estado de alarma, se alarga el periodo a Noviembre como fecha límite.
En este momento del año es cuando vuelven las obligaciones fiscales trimestrales. Nuevamente tenemos tiempo hasta el día 20 para presentar los modelos correspondientes al tercer trimestre del año del IVA, las retenciones del IRPF, las operaciones intracomunitarias y los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades (modelo 202).
En este momento del año se hace el cierre contable, por lo que toda la información sobre los ingresos, gastos y beneficios de la empresa de los que Hacienda debe estar al día, y que se reúnen en los distintos modelos a presentar durante el calendario fiscal, tendrían que estar presentados.
Al ser el momento del cierre de ejercicio habrá tiempo hasta el día 20/12 para presentar el modelo 202 del pago fraccionado del Impuesto de Sociedades.
Recuerda que en lugar preparar y presentar tú mismo los impuestos, puedes contactar con GestoriaMaresme, que rellenará y presentará los impuestos a la Agencia Tributaria en nombre de tu empresa. El experto se encargará de supervisar toda la información de tu cuenta y verificar que es correcta para hacer la presentación de impuestos ante Hacienda. Además, te ayudará a analizar tus cuentas y te ofrecerá información actualizada para que puedas tomar mejores decisiones para tu negocio.