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¿Qué tipos de certificado electrónicos existen?

Firmas y Certificados Digitales

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¿Qué es y para qué sirve un certificado electrónico?

Un certificado electrónico emitido y firmado por una entidad con capacidad para ello y que sirve para identificar a una persona.

A esa entidad se le suele llamar de diferentes formas como: autoridad de certificación, prestador de servicios de certificación.

Tal documento, identifica a una persona física o jurídica y a una clave pública que se le ha asignado para poder realizar procesos de firma y/o cifrado. Cada certificado está identificado por un número de serie único y tiene un período de validez que está incluido en el certificado.

De un modo más formal, según la Ley de Firma Electrónica 59/2003, un certificado electrónico es un documento firmado electrónicamente por un prestador de servicios de certificación que vincula unos datos de verificación de firma (clave pública) a un firmante y confirma su identidad.

Tipos de certificado electrónico

Atendiendo a la normativa, existen dos tipos de certificados electrónicos fundamentales:

Atendiendo a la normativa actual podemos diferenciar entre certificados de persona física, de persona jurídica, de entidad sin personalidad jurídica y certificado de Administración Pública.

A partir del 1 de julio de 2016 deben dejar de emitirse certificados de firma electrónica a favor de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, si bien estos certificados (conforme a las directrices del Ministerio de Industria, Energía y Turismo) podrán seguir utilizándose hasta su caducidad o revocación. Para sustituir a dichos certificados, se podrán utilizar certificados de firma electrónica de representante de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica.

De acuerdo con esta nueva normativa los tipos de certificados son:

Atendiendo al soporte del certificado, se habla de:

Las anteriores tipologías de certificados no son las únicas que nos podemos encontrar, si bien sí son las más difundidas.

La Agencia Tributaria no es emisora de certificados electrónicos, pero actúa como Oficina de Registro de los certificados emitidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

A estos efectos y en relación con los nuevos certificados de la FNMT-RCM se informa:

IMPORTANTE: La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre–Real Casa de la Moneda (FNMT–RCM) con el objetivo de adaptarse a los cambios técnicos exigidos por la normativa, comenzará a expedir los nuevos certificados de representante de persona jurídica, de representante de entidad sin personalidad jurídica y de representante para administradores únicos y solidarios a partir del 6 de junio de 2016. A partir de esa fecha, dejarán de emitirse los actuales certificados de persona jurídica y de entidad sin personalidad jurídica, y la renovación de los mismos no podrá realizarse a través de la página web. No obstante, podrán seguir utilizándose hasta su caducidad o revocación.

La FNMT-RCM ofrece una nueva modalidad de certificado de representante de persona jurídica denominado certificado de Representante para administradores únicos y solidarios. Esta certificación electrónica expedida por la FNMT-RCM se expide a los administradores únicos o solidarios como representantes de las personas jurídicas para sus relaciones con las administraciones públicas y en la contratación de bienes o servicios propios o concernientes a su giro o tráfico ordinario. El Firmante actúa en representación de una Persona jurídica en calidad de representante legal con su cargo de administrador único o solidario inscrito en el Registro Mercantil.

La ventaja o facilidad que ofrece esta modalidad de certificados es que si el representante legal, administrador único o solidario, dispone de un certificado de persona física de la FNMT-RCM o un DNIe, se puede obtener el certificado de administrador único o solidario sin tener que personarse en una oficina de registro, identificándose a través de internet (siempre y cuando el certificado de persona física no provengan de una renovación). En cualquier caso, ya no es necesario ir al registro mercantil para la acreditación de las facultades de representación, reduciendo el número de viajes/trámites que se necesitan para obtener el certificado.

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Fuente:agenciatributaria.es

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