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Nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025): Actualización Obligatoria para Empresas antes del 30 de junio de 2025

Actualización CNAE-2025 | Gestoria en Mataró

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El 14 de enero de 2025, el Gobierno aprobó el Real Decreto 10/2025, que introduce la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2025). Esta actualización responde a los cambios económicos impulsados por la globalización, la digitalización y el énfasis creciente en la sostenibilidad ambiental.
BOE

La CNAE-2025 reemplaza a la clasificación de 2009, incorporando actividades económicas emergentes y adaptándose a los avances tecnológicos y científicos. Esta modernización es crucial para que empresas, entidades financieras y administraciones públicas cuenten con datos estadísticos precisos y comparables a nivel nacional e internacional.

Además, esta revisión alinea a España con las normativas europeas, cumpliendo con el Reglamento (CE) n.º 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, que establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2. La implementación de la CNAE-2025 está programada para el 1 de enero de 2025, coincidiendo con la entrada en vigor de la nueva clasificación europea NACE Rev. 2.1.

Para las empresas y profesionales, es fundamental familiarizarse con la CNAE-2025, ya que influirá en la elaboración de estadísticas oficiales, análisis económicos y la aplicación de políticas públicas. Se recomienda revisar la nueva clasificación y evaluar su impacto en las actividades económicas específicas de cada entidad.

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) debe asegurarse de que sus registros incluyan la codificación actualizada según la CNAE-2025 antes del 30 de junio de 2025. Para cumplir con esta obligación, los responsables del ingreso de cuotas a la Seguridad Social deberán:

– Comunicar la codificación de su actividad económica según la CNAE-2025 antes del 30 de junio de 2025, si ya estaban registrados en la TGSS al 16 de enero de 2025.

– Proporcionar la codificación de su actividad económica según la CNAE-2025 en el momento de su incorporación, si se registran a partir del 16 de enero de 2025.

– Además, todos los responsables mencionados deberán informar también la codificación según la CNAE-2009 para el periodo comprendido entre el 16 de enero de 2025 y la aplicación de la normativa de la Seguridad Social que adapte las tarifas de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a la CNAE-2025.

FUENTE: BOE

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